viernes, 7 de diciembre de 2012

Santa María de Vbeda, debe abrir gratis un mínimo de días

El consejero ha llamado la atención del arzobispo sobre Santa María de los Reales Alcázares de Ubeda (Jaén), en la que el cobro por la visita está siendo compartido por la Iglesia y una empresa turística.

La Junta advierte a los obispos que deben abrir gratis monumentos un mínimo de días 

  EFE, Sevilla | Actualizado 07.12.2012 - 14:05

 El consejero andaluz de Cultura, Luciano Alonso, ha recordado este viernes al arzobispo de Sevilla, Juan José Asenjo, con quien ha tratado sobre la conservación del patrimonio histórico, que los monumentos propiedad de la Iglesia deben abrir un mínimo de días gratuitamente, según marca la ley.

En conferencia de prensa tras la reunión, Alonso ha recordado que en Andalucía la Iglesia posee 387 inmuebles de elevado valor histórico-artístico, de los que 162 están declarados como Bien de Interés Cultural (BIC). Según la Ley de Patrimonio de Andalucía, los BIC deben abrir gratuitamente un mínimo de cuatro días al mes, mientras que los inmuebles de interés patrimonial que no tienen la calificación de BIC deben hacerlo un mínimo de dos días al mes, también en fechas y horarios fijos.

El consejero ha pedido al arzobispo que, en la próxima reunión de los obispos andaluces del 20 de enero, haga valer esta norma, y ambos han acordado reactivar y actualizar la comisión mixta entre la Junta y la Iglesia para el seguimiento de cuestiones patrimoniales culturales, que no se reúne desde hace años.

Alonso ha explicado que esa comisión mixta debe ser "un espacio nuevo", ya que se reunió por última vez antes de la aprobación de la Ley del Patrimonio de Andalucía, en 2007, y que esté funcionando antes del final de enero.

El consejero también ha llamado la atención del arzobispo sobre Santa María de los Reales Alcázares de Ubeda (Jaén), en la que el cobro por la visita está siendo compartido por la Iglesia y una empresa turística, si bien fue la Consejería de Cultura la que restauró este monumento en solitario, con una inversión de seis millones de euros.

Alonso ha señalado que entre los años 1997 y 2011, la Junta ha invertido un total de 93,8 millones de euros en conservación y restauración de patrimonio histórico-artístico propiedad de la Iglesia, cantidad en la que no se incluyen las distintas inversiones efectuadas en el mismo patrimonio por el Gobierno central. Sobre la rehabilitación del templo mudéjar sevillano de Santa Catalina, el consejero ha señalado que su departamento ya ha invertido, en las cubiertas del edificio, 812.000 euros y que ya está disponiendo de otros 91.000 más.

La oferta que Alonso ha efectuado al arzobispo es que el Ayuntamiento termine de igualar esa cantidad total efectuada por la Junta de 0,9 millones de euros y que la Iglesia, como propietaria del templo, efectúe otro tanto para que "se pongan al día en igualdad las tres instituciones".

 

 

martes, 4 de diciembre de 2012

Repetimos Una y Otra vez, ¡Que reivindicamos esos 4 días al mes de entrada libre, o amplitud del horario o entrada simbólica, no cuesta nada...!


Repetimos Una y Otra vez,  ¡Que reivindicamos esos 4 días al mes de entrada libre, o amplitud del horario o entrada simbólica, no cuesta nada...!

 Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

 

CAPÍTULO III. LEY DE PATRIMONIO HISTÓRICO DE ANDALUCÍA 14/2007
Régimen jurídico
Artículo 14. Obligaciones de las personas titulares.

1. Las personas propietarias, titulares de derechos o simples poseedoras de bienes integrantes del Patr
imonio

Histórico Andaluz, se hallen o no catalogados, tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos de
manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. A estos efectos, la Consejería competente en materia de patrimonio histórico podrá asesorar sobre aquellas obras y actuaciones precisas para el cumplimiento del deber
de conservación.

2. En el supuesto de bienes y actividades inscritas en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz deberán, asimismo, permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Administración de la Junta de Andalucía, su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma, así como facilitar la información que pidan las Administraciones Públicas competentes sobre el estado de los bienes y su utilización.

3. Cuando se trate de Bienes de Interés Cultural, además se permitirá la visita pública gratuita, al menos cuatro
días al mes, en días y horas previamente señalados, constando esta información de manera accesible y pública a los ciudadanos en lugar adecuado del Bien de Interés Cultural. El cumplimiento de esta obligación podrá ser dispensado total o parcialmente por la Consejería competente en materia de patrimonio histórico cuando medie causa justificada. En el caso de bienes muebles se podrá, igualmente, acordar como obligación sustitutoria el depósito del bien en un lugar que reúna las adecuadas condiciones de seguridad y exhibición durante un período máximo de cinco meses cada dos años o, preferentemente, su préstamo temporal para exposiciones organizadas por la Consejería competente en materia de patrimonio histórico.

4. Reglamentariamente se determinarán las condiciones en que tales deberes deban ser cumplidos.